El origen del Instituto Nacional de Estadística se remonta al año 1863, cuando se crea una sección en el Ministerio de Hacienda llamada Mesa Estadística, en el año 1896 se denominó Oficina Nacional de Inmigración Estadística y Propaganda Geográfica, dependencia que posteriormente, pasa a ser la Oficina de Estadística y Presupuestos.

Precisamente después de terminada la guerra del Chaco y habiendo sentido la necesidad de crear una dependencia acorde con las técnicas modernas, el 14 de enero de 1936 mediante Decreto Supremo dictado por el Gobierno presidido por el Dr. José Luis Tejada Sorzano y refrendado por la firma del Dr. Víctor Paz Estenssoro, Oficial Mayor del Ministerio de Hacienda, se fundó la Dirección General de Estadística dependiente del Ministerio, repartición estatal encargada de la “centralización, clasificación y publicación de los datos relacionados con el movimiento financiero, industrial y demográfico del país, así como de la preparación de censos”.

El primer Director de esta repartición del Estado fue el Lic. Enrique Ruiz Barragán, Doctorado en una universidad norteamericana con especialización en Economía Política, quien organizó y planificó el organigrama de la Dirección, conformada por las secciones de: Finanzas, Demografía, Comercio Exterior, Máquinas, Publicaciones, Secretaria General, Industria y Cartografía.

Posteriormente, el 30 de abril de 1970, esta Dirección General cambia de denominación y se convierte en el actual Instituto Nacional de Estadística (INE) que a la fecha es una entidad descentralizada dependiente del Ministerio de Planificación del Desarrollo.

La Ley del Sistema Nacional de Información Estadística (SNIE) aprobada mediante el Decreto Ley 14100 del 5 de noviembre de 1976, confiere al INE la responsabilidad de dirigir, planificar, controlar y coordinar las actividades estadísticas del Sistema; promover el uso de registros administrativos, tanto en oficinas públicas como privadas, para obtener datos estadísticos, además de crear conciencia estadística nacional. En este contexto, esta Ley determina como funciones del INE la recolección, clasificación, codificación y difusión con carácter oficial los datos estadísticos elaborados en sus diferentes áreas.
Con la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado Plurinacional (CPE), en febrero de 2009, el país ingresó a un proceso de cambio estructural, bajo una filosofía de desarrollo basado en una estructura autonómica y descentralizada, de bienestar colectivo “Vivir Bien”, de recuperación y protección de nuestros recursos naturales, de respeto por la Madre Tierra y de una revalorización de nuestras costumbres y saberes ancestrales.
Bajo la concepción del “Vivir Bien” como una filosofía que trasciende el bienestar individual hacia una concepción colectiva, de respeto y convivencia armónica del ser humano con la naturaleza, el Instituto Nacional de Estadística (INE), entidad bajo tuición del Ministerio de Planificación del Desarrollo (MPD), a partir de 2009 inició también un proceso de transformación en el desarrollo de sus actividades, en el marco de sus competencias, atribuciones específicas y mandatos políticos.

La nueva Constitución Política del Estado aprobada en 2009, en el numeral 16 del Parágrafo I del Artículo 298 establece que es competencia privativa del nivel central del Estado realizar censos oficiales y en el numeral 13 del Parágrafo II del Artículo 298 se define que es competencia exclusiva del nivel central del Estado la elaboración y aprobación de estadísticas oficiales.

El INE se constituye en el brazo técnico operativo para realizar estas tareas. Este rol se ha consolidado con la aprobación de la Ley N°1405 de Estadísticas Oficiales del Estado Plurinacional de Bolivia el 1° de noviembre de 2021, que en su Artículo 6 establece que el INE es responsable de producir, normar y difundir estadísticas oficiales a través de registros administrativos, censos y encuestas. Entre las atribuciones que se le otorgan en el Artículo 7, además de las ya mencionadas, está la de ejercer la calidad de autoridad rectora de la producción de estadísticas oficiales en el Estado Plurinacional de Bolivia. Se debe señalar que la Ley N°1405 deroga el Decreto Ley N°14100 de 5 de noviembre de 1976.

En el nuevo contexto normativo, el INE debe generar información estadística oportuna y de calidad para la planificación integral de los diferentes niveles y sectores del Estado y para satisfacer las necesidades de los actores sociales.

Así también, el INE en el rol de autoridad rectora de la producción de estadísticas oficiales asume nuevos retos de actualización y modernización metodológica e institucional a fin de generar información estadística oficial que contribuya a la formulación, seguimiento y evaluación de resultados de las políticas económicas, sociales, medioambientales y culturales adoptadas para el cumplimiento del Plan General de Desarrollo Económico y Social “Agenda Patriótica del Bicentenario 2025” y del Plan de Desarrollo Económico y Social 2021-2025.

Por tanto, la CPE y la Ley N°1405 definen que la razón de ser del INE es la de normar, producir y difundir estadísticas oficiales a nivel nacional, conforme a criterios de claridad, calidad, imparcialidad, relación costo eficacia y transparencia, para la formulación y evaluación de políticas públicas de desarrollo.
En este contexto, el INE se ha trazado un norte hacia el que pretende llegar en el mediano plazo. Busca convertirse en un referente a nivel nacional e internacional por la utilización de los más altos estándares metodológicos, técnicos y tecnológicos en la producción estadística oficial, en el marco de la modernización continua de la calidad.